Sí, le puedes dar, regalar o ceder un perro a otra persona pero no, no lo puedes hacer por las buenas, tiene que quedar constancia de esa cesión. ¿Por qué? Además de porque así lo indica la Ley de Bienestar Animal y más allá de la trazabilidad (garantizada en cualquier caso por el microchip), un contrato de cesión incluye cláusulas que buscan garantizar que la persona que se hará cargo del animal le proporcionará los cuidados que requiere.
Cesión de un perro cumpliendo con la Ley de Bienestar Animal
La Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales aclara que podemos ceder de forma gratuita un perro a otra persona pero para que esa cesión sea legal tiene que quedar reflejada en un contrato entre las partes.
Hay algunas condiciones previas: es imprescindible que el perro esté debidamente identificado y no está permitida -no es legal- la cesión de perros, gatos o hurones que tengan menos de ocho semanas de edad.
No hay un contrato de cesión entre particulares oficial pero tampoco necesitas un abogado para elaborar ese contrato -que ambas personas deben firmar-, es un documento relativamente sencillo.
¿Qué datos ha de tener el contrato de cesión gratuita de un perro entre particulares?
Puedes elaborar un contrato breve y escueto aunque también hay contratos más complejos que incluyen obligaciones y deberes de cada una de las partes (algo más parecido, por ejemplo, a los contratos que se firman cuando adoptas a un perro en una protectora de animales.)
Es imprescindible que en el documento de cesión figure el compromiso del nuevo tutor respecto al cuidado y bienestar del animal, reconociendo su responsabilidad de atenderlo como a un miembro más de la familia. Dicho compromiso deberá incluir, entre otros aspectos, estas garantías:
- Que el animal no permanecerá atado ni vivirá de forma permanente en terrazas, patios, jardines u otros espacios inadecuados.
- Que se le proporcionarán los cuidados, atención y alimentación adecuados.
- Que recibirá, como mínimo una vez al año, una revisión veterinaria.
- Que el futuro titular no está inhabilitado para la tenencia o manejo de animales.
- En el caso de gatos, que se adoptarán las medidas necesarias para asegurar las ventanas y evitar caídas que puedan ocasionar lesiones graves.
En este caso, el objeto del contrato es una cesión voluntaria y gratuita y esto debe constar claramente en el documento por el que una persona transfiere legalmente la propiedad de este perro a otra persona.
Los datos básicos que deben constar en el contrato son los siguientes:
Datos identificativos de ambas partes, del cedente (persona que entrega el perro) y del cesionario (el nuevo tutor)
Nombre y apellidos
DNI o documento de identidad
Dirección y datos de contacto (correo electrónico, teléfono)
Datos del perro
Nombre
Raza o cruces (si se conocen)
Edad aproximada – fecha de nacimiento
Sexo
Rasgos físicos distintivos
Número de microchip
Estado de salud y tratamientos veterinarios que haya recibido (vacunas, desparasitaciones, etc.)
Firmas
Ambas personas, el cedente y el cesionario, deben firmar por duplicado este contrato en el que también se debe indicar la fecha y lugar de la firma. Se puede agregar la firma de un testigo aunque no es imprescindible.
Otros detalles adicionales
La persona que cede al perro debe declarar, como comentamos al comienzo, que no está inhabilitado para la tenencia o manejo de animales y que el animal está libre de cargas legales y que no está inmerso en ningún conflicto jurídico.
Aunque se trata de una cesión gratuita se puede aclarar en el contrato que la persona a quien se cede el perro, el nuevo tutor, correrá con los gastos de cambiar la titularidad del microchip.
Es útil y recomendable -pero no imprescindible- adjuntar un certificado veterinario sobre la salud del perro.